El Gobierno aprobó hoy la Carta de Derechos del Usuario de Telecomunicaciones que incluye la indemnización automática en caso de avería en las comunicaciones fijas y móviles.

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Esta nueva normativa que desarrolla la Ley General de Telecomunicaciones recoge que los contratos de telecomunicaciones deben contener hasta 16 puntos para garantizar la información al usuario. De esta forma tienen que incluir la posible existencia de periodos mínimos de contratación y de vínculos entre el contrato de servicio y la adquisición de un terminal y las consecuencias del incumplimiento.

La Carta prohíbe que el operador pueda modificar unilateralmente las condiciones contractuales si no están previstas expresamente en el contrato. En caso de modificación, el usuario deberá ser avisado con un mes de antelación y tendrá derecho a romper el contrato sin penalización si no está de acuerdo con el cambio. Las modificaciones también serán comunicadas con un mes de antelación a la administración y a las asociaciones de usuarios.

El contrato deberá reconocer el derecho del usuario a elegir el medio de pago de entre los más comunes en el tráfico comercial de forma que no pueda ser impuesta la domiciliación bancaria como único medio.
Además se reduce de 15 a 2 días el plazo que el operador tiene para dar de baja a un cliente. De esta forma prohíbe la facturación posterior a este periodo.

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