Los pasajeros abonados a compañías de telefonía móvil que hayan suscrito un acuerdo con el operador prestador de comunicaciones a bordo de aviones MCA (Mobile Communication on Aircraft) pueden disponer de servicios de telefonía en vuelo, según la nueva Orden del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
De esta forma, la nueva normativa permite disfrutar este servicio de comunicaciones durante los vuelos a alturas superiores a los 3.000 metros sobre el suelo utilizando los terminales de cada abonado y con las mismas prestaciones que ofrecen las redes terrestres con tecnología de segunda generación GSM.